Elecciones 2023: ¿Qué pasa si no voto en las PASO?

ACTUALIDAD13/08/2023 Por Late
En caso de no poder ir a las urnas hoy 13 de agosto, se deberá justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral
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En  estas elecciones 2023 se elegirá presidente, vicepresidente, 130 diputados y 24 senadores nacionales. Además, la mayoría de las provincias irá a las urnas para renovar autoridades locales.


En Argentina, el voto es universal, igual, secreto, libre y obligatorio. Esto quiere decir, en primer lugar, que todos los argentinos y argentinas, independientemente de su sexo, raza, religión, son titulares del derecho al sufragio a partir de los 16 años de edad. Es “igual”, porque el voto de todas las personas tiene el mismo valor; “secreto”, porque nadie está obligado a revelar su voto; “libre”, porque ninguna persona puede estar forzada a votar a determinada alianza política; y “obligatorio”, porque todo elector que se encuentre habilitado tiene el deber, por ley, de votar.


Quienes no voten deberán pagar una multa o afrontar sanciones como la imposibilidad de realizar determinados trámites, a menos que integren los grupos exceptuados.


En caso de no poder asistir a las urnas ese día, deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral. Dentro de los próximos 60 días recibirán la multa correspondiente, la cual podría escalar.


 Para verificar si hay multas pendientes, los ciudadanos deberán ingresar a la web del Registro de Infractores, donde podrán verificar el registro histórico de su participación electoral y las sanciones pendientes en caso de haberlas.

¿Quiénes están exentos de votar en las PASO 2023?
El artículo 125 de la Ley de Ciudadanía argentina, incorporada en parte en el Código Nacional Electoral, establece que los jóvenes mayores de 16 años y menores de 18, como los mayores de 70, no estarán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, en caso de no presentarse a sufragar. Por eso, en estos casos, la emisión del voto es opcional y de no participar de las elecciones, su ausencia no necesita ser justificada.


 Por: María Lorena Belotti 
Fuente: Justicia Nacional Electoral

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