Gobierno permite cancelar importaciones e impuestos con bonos del BCRA

Este mecanismo, según el texto oficial, tiene como objetivo facilitar el pago de las deudas tributarias y aduaneras, y promover la inversión nacional.

ACTUALIDAD22/12/2023LateLate
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A través del Decreto 72/2023 publicado este viernes en el boletín oficial se creó un mecanismo de dación en pago de bonos o títulos emitidos por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) para la cancelación de obligaciones impositivas y aduaneras.

 

 

El decreto establece que los bonos o títulos podrán darse en pago para la cancelación de las obligaciones impositivas y aduaneras vencidas, con más sus intereses, multas y accesorios, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

 

Los bonos o títulos a los que hace referencia el Decreto serán aquellos emitidos a partir de la fecha de entrada en vigencia del mismo y hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive, expresamente aceptados por la AFIP para tal fin.

 

El cómputo de los bonos o títulos emitidos, susceptibles de ser utilizados como dación en pago de las obligaciones tributarias y aduaneras vencidas, estará limitado a un valor total de u$s3.500 millones.

 

BCRA: el detalle de la norma

La dación en pago de los bonos o títulos se regirá por las disposiciones del decreto, las cuales son independientes y no se encuentran supeditadas a las reglas contractuales que rijan la emisión de los respectivos bonos o títulos por parte del BCRA.

 

La dación en pago de los bonos o títulos no resultará procedente una vez que el BCRA efectúe el pago de su capital. Si el BCRA efectuara un pago parcial del capital, la mencionada dación en pago de los bonos o títulos resultará procedente por el importe remanente de capital impago.

 

Una vez que los bonos o títulos sean dados en pago para la cancelación de las obligaciones, el tenedor de los bonos o títulos entregados no podrá efectuar reclamo alguno al BCRA.

 

El decreto también establece que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dispondrá los ajustes presupuestarios para que se transfieran a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES los montos que les correspondan por la dación en pago de obligaciones impositivas y aduaneras canceladas conforme al decreto, en los términos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.

 

Por último, el decreto establece que el MINISTERIO DE ECONOMÍA, el BCRA y la AFIP, serán los encargados de dictar las normas aclaratorias y complementarias que resulten pertinentes a los fines de operativizar lo dispuesto en el decreto.

 

En resumen, el decreto crea un mecanismo de dación en pago de bonos o títulos emitidos por el BCRA para la cancelación de obligaciones impositivas y aduaneras. Este mecanismo tiene como objetivo facilitar el pago de las deudas tributarias y aduaneras, y promover la inversión nacional.

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